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El Tribunal de Justicia de la UE confirmó ayer que las leyes comunitarias no obligan a ninguna operadora telefónica a revelar los datos de sus clientes para facilitar a las discográficas la protección de su propiedad intelectual. La sentencia se produce a raíz de que Promusicae exigiese a Telefónica los nombres de los usuarios de Kazaa, un programa de intercambio de archivos musicales
Los baqueteados internautas españoles recibieron ayer una buena noticia desde Luxemburgo. Los jueces comunitarios, en una sentencia sobre el conflicto entre la asociación discográfica Promusicae y Telefónica, avalaron la negativa de la operadora a revelar los datos personales de los internautas que utilizan el programa Kazaa. El fallo, dictado a raíz de una consulta del juzgado madrileño que trata el litigio principal, recuerda que las directivas comunitarias sólo suspenden la confidencialidad de los datos personales de los internautas cuando se trata de garantizar la seguridad nacional, la defensa de un país o la integridad de las redes de telecomunicaciones. Y en contra de lo que puedan pensar algunas discográficas y sociedades de autores, los jueces comunitarios no creen que el intercambio de archivos musicales a través de internet suponga una amenaza de esa envergadura. 'Las directivas europeas', afirma la sentencia del Tribunal europeo, 'no obligan a los Estados miembros a imponer, en una situación como la del asunto principal, el deber de comunicar datos personales con objeto de garantizar la protección efectiva de los derechos de autor en el marco de un procedimiento civil'. El dictamen confirma las tesis de Telefónica, que desde 2005 se niega a facilitar a Promusicae, una agrupación de discográficas multinacionales e independientes, la identidad y la dirección de los clientes de la operadora que utilizan Kazaa. |
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